Aviso de no discriminación

El Departamento de Agricultura de Minnesota (MDA, por las siglas en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, nacionalidad de origen, discapacidad, edad, sexo ni por ser una persona con conocimientos limitados de inglés (LEP, por las siglas en inglés) en la administración de nuestros programas o actividades; además, el MDA no intimida ni toma represalias contra ninguna persona por ejercer su derecho a participar en acciones protegidas por el Título 40, partes 5 y 7 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.) u oponerse a acciones prohibidas por él, ni con el propósito de interferir en tales derechos.

El MDA es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y de la recepción de consultas relativas a los requisitos de no discriminación establecidos por el Título 40, partes 5 y 7 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.) (No discriminación en programas o actividades que reciben ayuda federal de la Agencia de Protección Ambiental), incluso el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y sus modificaciones posteriores; la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley contra la Discriminación por Edad de 1975; el Título IX de las Modificaciones Educacionales de 1972; y la Sección 13 de las Modificaciones de 1972 de la Ley Federal sobre el Control de la Contaminación del Agua (en lo sucesivo denominadas conjuntamente como leyes federales contra la discriminación).

Prohibición de represalias (retaliación)

Ninguna agencia, funcionario, empleado o agente del MDA, incluidas las personas que representan al MDA y sus programas, intimidará, amenazará, acosará, coaccionará, discriminará ni tomará represalias contra ninguna persona que presente una queja por presunta discriminación o que participe de alguna manera en una investigación u otro procedimiento que plantee reclamaciones por discriminación.

Si usted tiene cualquier pregunta sobre este aviso o cualquiera de los programas, políticas o procedimientos del MDA relacionados con la no discriminación, puede comunicarse con:

Minnesota Department of Agriculture
Sabrenia Young
Non-Discrimination Coordinator
625 Robert St N
St. Paul, MN 55155
651-201-6657
Sabrenia.Young@state.mn.us

Si cree que ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad del MDA, puede comunicarse con el coordinador de no discriminación identificado anteriormente o visitar el sitio web del MDA  para enterarse de cómo y dónde presentar una queja por discriminación.

Procedimientos para presentar quejas

El MDA se asegurará de que los procedimientos para presentar quejas y procesar reclamos por discriminación de conformidad con las leyes federales contra la discriminación se publiquen de manera amplia y destacada, tanto en forma impresa como en línea. El MDA examinará todos los procedimientos para presentar quejas anualmente, y los modificará según sea necesario, para permitir una resolución rápida y justa de las quejas de discriminación.

El coordinador de no discriminación será responsable de la coordinación y supervisión de los procedimientos para presentar quejas.

Si usted cree que ha sido excluido de participar o se le han negado los beneficios de los programas, servicios y actividades de solicitantes o beneficiarios de asistencia financiera federal por su raza, color, nacionalidad de origen, discapacidad, edad, sexo, o por ser una persona con conocimientos limitados del inglés (LEP), o si usted cree que ha sido objeto de discriminación, intimidación o acoso según los criterios anteriores, puede presentar una queja de discriminación ante el coordinador de no discriminación.

Si una queja de discriminación acerca de los programas o servicios del MDA no se puede resolver informalmente (mediante una conversación, por escrito o en forma oral), el denunciante puede presentar una queja formal ante el coordinador de no discriminación utilizando los siguientes procedimientos.

  1. Se debe presentar la queja al coordinador de no discriminación a más tardar 180 días después de la fecha de la presunta discriminación.
  2. Puede obtener un formulario de queja llamando al 651-201-6000 y pedir que se lo envíen por correo o puede descargarlo del sitio web del MDA. Es obligatorio incluir la siguiente información en el formulario de queja, o bien, usted puede presentar una declaración escrita firmada que contenga toda la siguiente información por escrito:
    1. Su nombre, dirección y cómo comunicarse con usted (número telefónico, correo electrónico, etc.)
    2. La(s) fecha(s) en las que ocurrió (ocurrieron) el(los) presunto(s) hecho(s) discriminatorio(s)
    3. Una declaración que describa cómo, por qué, cuándo y dónde cree usted que fue excluido de participar, se le negaron beneficios o fue objeto de discriminación, por motivos de raza, color, nacionalidad de origen, discapacidad, edad, sexo, o por ser una persona con conocimientos limitados del inglés (LEP)
    4. El lugar, los nombres y la información de contacto de cualquier testigo del(de los) hecho(s) discriminatorio(s)
    5. Si se ha presentado una queja ante otra agencia u otro tribunal, incluya la agencia o el tribunal donde se presentó con un nombre de contacto
    6. Su firma o la firma de la persona que usted designó
  3. Si el denunciante no puede escribir una queja, se debe contactar al coordinador de no discriminación para obtener ayuda adicional. El MDA ha asumido el compromiso de brindar total acceso a sus servicios a personas con conocimientos limitados del inglés (LEP) y a personas con discapacidades.
  4. La queja firmada y fechada debe enviarse por correo postal a:

    Minnesota Department of Agriculture
    Sabrenia Young
    Non-Discrimination Coordinator
    625 Robert St N.
    St. Paul, MN 55155

    También puede enviar una queja por fax al 651-201-6118 o por correo electrónico a Sabrenia.Young@state.mn.us. Debemos tener una copia firmada de su queja. Si envía su queja por correo electrónico, no olvide adjuntar la copia firmada a su correo electrónico. Si la información está incompleta o si un formulario está sin firmar se atrasará el procesamiento de su queja.

  5. Dentro de los cinco días hábiles de recibida la queja, se enviará una carta de acuse de recibo de la queja al denunciante.
  6. Las quejas se investigarán de manera rápida y justa. Durante el análisis de la queja, se aplicará el estándar de la preponderancia de la evidencia.
  7. Se tomarán medidas razonables para preservar toda información que sea confidencial.
  8. El coordinador de no discriminación revisará la queja y podrá solicitar información adicional al denunciante. Si se solicita información adicional y no es recibida dentro de los 30 días siguientes, es posible que se cierre el caso. El caso también podrá cerrarse si el denunciante ya no desea continuar con el mismo.
  9. En los casos en que la queja sea contra uno de los subreceptores del MDA, el coordinador de no discriminación otorgará al denunciado la oportunidad de responder a los alegatos por escrito. El denunciado tendrá 10 días calendario a partir de la fecha del aviso escrito de aceptación de la queja por parte del MDA para presentar su respuesta a los alegatos. El coordinador de no discriminación hará el seguimiento e investigará la información presentada en la respuesta, según corresponda y sea pertinente. 
  10. Se enviará sin demora un aviso escrito sobre el resultado de la investigación, incluyendo si se constata la discriminación y la descripción del proceso de investigación.
  11. El MDA asegura que se prohíben la intimidación y las represalias y que las reclamaciones por intimidación y represalias se procesarán de manera rápida y justa, de conformidad con nuestros procedimientos para presentar quejas, tal como se procesan otras reclamaciones por discriminación.

Pie del formulario

Plan de participación y compromiso público

El MDA se asegurará de que su plan de participación y compromiso público esté a disposición de todas las personas, independientemente de su raza, color, nacionalidad de origen, incluidas las personas con conocimientos limitados del inglés (LEP), edad, discapacidad, sexo, o que hayan ejercido anteriormente sus derechos o se hayan opuesto a acciones prohibidas por las leyes federales contra la discriminación; y se asegurará de que los factores utilizados para determinar la hora, el lugar, la ubicación, la duración y la seguridad apropiados se desarrollen y apliquen en las reuniones públicas de manera no discriminatoria sin costo alguno para el participante.

El MDA provee una gran cantidad de servicios a los agricultores y consumidores de Minnesota. El trabajo que hacemos influye todos los días en la vida de cada residente de Minnesota. 

La misión del MDA es mejorar la calidad de vida de todos los residentes de Minnesota al garantizar equitativamente la integridad de nuestro suministro de alimentos, la salud de nuestro medio ambiente y la fortaleza y capacidad de recuperación de nuestra economía agrícola.

  • El MDA continuará destacando la importancia de la participación de la administración del MDA en el plan de participación y compromiso público mediante evaluaciones anuales y programas de capacitación.
  • El MDA siempre considerará la facilidad de acceso y las adaptaciones en todas sus interacciones públicas. Cuando el MDA celebre reuniones presenciales, colaborará con socios comunitarios para garantizar que los lugares sean seguros y accesibles (teniendo en cuenta el estacionamiento y el acceso al transporte) para todos los miembros de la comunidad, incluidos aquellos con necesidades de adaptación para discapacitados y las necesidades de las personas con conocimientos limitados del inglés (LEP).
  • El MDA fomenta la participación pública y notificará al público con anticipación considerable sobre programas, talleres y reuniones según sea necesario mediante nuestro sitio web www.mda.state.mn.us y en las plataformas de redes sociales del MDA (Facebook, Twitter @mnagriculture). El MDA publica toda la documentación pública en el sitio web para que la comunidad pueda examinarla y consultarla.
  • Todas las comunicaciones del MDA incluirán información para que las personas con discapacidades y quienes tienen conocimientos limitados del inglés (LEP) puedan consultar sobre sus necesidades de adaptación a Sabrenia Young, coordinadora de no discriminación. El MDA se asegurará de que la comunicación esencial se lleve a cabo en idiomas de gran difusión entre personas con conocimientos limitados del inglés (LEP), según sea necesario, y que los dispositivos de facilidad de acceso se provean sin costo alguno.

Plan del MDA para garantizar un acceso significativo a programas y actividades para personas con conocimientos limitados del inglés (LEP) y personas con discapacidades

El MDA ha desarrollado, difundido e implementado procedimientos escritos para garantizar un acceso significativo a todos los programas y actividades del MDA para todas las personas, incluido el acceso para personas con conocimientos limitados del inglés (LEP) y personas con discapacidades sin costo para ellas.

Plan para personas con conocimientos limitados del inglés (LEP)

El MDA tendrá un plan para personas con conocimientos limitados del inglés que prestará servicios en todo el estado de Minnesota. 

Para cada programa, servicio o reunión aplicable, se llevará a cabo un análisis específico y por separado a fin de determinar los medios más rentables de prestar servicios de idiomas competentes y precisos a las poblaciones con conocimientos limitados del inglés según sea necesario.

Se realizó un análisis de cuatro factores de LEP, que se describe a continuación. Los resultados del análisis de cuatro factores de LEP ayudarán al MDA a desarrollar un plan para personas con conocimientos limitados del inglés que abordará las necesidades identificadas en las poblaciones LEP atendidas. El MDA llevará a cabo un análisis de cuatro factores en la comunidad pertinente donde el MDA desarrollará un programa o evento público.

Se examinará el siguiente análisis de cuatro factores a fin de determinar el nivel y el alcance de la asistencia lingüística: (1) el número o proporción de personas LEP atendidas o con probabilidad de interactuar con programas, servicios o reuniones del MDA; (2) la frecuencia con la que las personas LEP interactúan con programas, servicios o reuniones del MDA; (3) la naturaleza e importancia de los programas, servicios o reuniones; (4) los recursos a disposición de los destinatarios y los costos asociados.

Factor N.o 1: Datos demográficos (realizado por el Centro Demográfico del Estado de Minnesota)

La Oficina del Censo de los Estados Unidos registra la competencia lingüística de las personas de 5 o más años de edad. Según estimaciones más recientes (American Community Survey 2019), alrededor del 4.4% de la población mayor de 5 años de edad habla un idioma distinto del inglés en la casa y habla inglés menos que “muy bien”. De los 5,290,011 residentes mayores de 5 años, el 4.4% asciende a aproximadamente 232,760 personas.

Según los datos más recientes disponibles, se estima que el 2.4% (o 52,641) de los residentes de Minnesota viven en un hogar con dominio limitado del inglés. Las tres categorías de idiomas principales que se hablan en Minnesota en los hogares con dominio limitado del inglés son el español (16,522), otros idiomas e idiomas no específicos, como los idiomas africanos (13,968), y otros idiomas asiáticos y de las islas del Pacífico (7,513).

Factor N.o 2: Frecuencia

El MDA llevará a cabo evaluaciones anuales, con la mayor exactitud posible, sobre la frecuencia con la que las personas LEP de diferentes grupos lingüísticos entran en contacto con programas, servicios o reuniones del MDA. Hasta la fecha, no hay datos al respecto.

Factor N.o 3: Importancia

El MDA comprende la importancia de establecer un plan para personas con conocimientos limitados del inglés (LEP). El MDA conoce la importancia de realizar evaluaciones anuales para asegurar que se esté utilizando el plan LEP.

Factor N.o 4: Recursos

El MDA contrata a diversos proveedores a fin de prestar los servicios de idiomas necesarios para que la agencia pueda cumplir el plan LEP.

Interpretación y traducción de idiomas extranjeros: El MDA colaborará con el proveedor de la lista de proveedores aprobada por el estado para la interpretación y traducción, a fin de prestar servicios en lenguaje oral y escrito. El MDA utilizará dichos servicios según sea necesario.

Todo el material escrito, electrónico o multimedia destinado a la distribución pública y desarrollado, utilizado o distribuido por el MDA contendrá una declaración para indicar que la información puede traducirse, de manera oportuna, mediante solicitud previa, para las personas con conocimientos limitados del inglés (LEP).

El MDA llevará a cabo evaluaciones anuales a fin de garantizar que al personal del MDA se le provea la capacitación apropiada para asegurarnos de atender las necesidades de las personas LEP. El MDA notificará al público que los servicios de idiomas están disponibles sin costo alguno para el solicitante. Dicha comunicación se incluirá en nuestra literatura, nuestras publicaciones (redes sociales) y el sitio web del MDA.

Política sobre la discapacidad

El MDA es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y de la recepción de consultas relativas a los requisitos de no discriminación establecidos por el Título 40, partes 5 y 7 del Código de Regulaciones Federales (C.F.R.) (No discriminación en programas o actividades que reciben ayuda federal de la Agencia de Protección Ambiental), incluso el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y sus posteriores modificaciones; la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley contra la Discriminación por Edad de 1975; el Título IX de las Modificaciones Educacionales de 1972; y la Sección 13 de las Modificaciones de 1972 de la Ley Federal sobre el Control de la Contaminación del Agua (en lo sucesivo denominadas conjuntamente como leyes federales contra la discriminación).

Todo el material escrito, electrónico o multimedia desarrollado, utilizado o distribuido por el MDA destinado a la distribución pública contendrá una declaración para indicar que la información está disponible, mediante solicitud previa, en formatos alternativos para las personas con discapacidades. El formato alternativo se proveerá de manera oportuna. Según la necesidad, el MDA proveerá la información en más de un formato alternativo.

Interpretación en lenguaje de señas: El MDA se ha comprometido a prestar servicios de comunicación de calidad para las personas con discapacidad auditiva. El estado de Minnesota contrata a ASL Interpreting Services, Inc. para prestar el servicio de intérpretes que son éticos y profesionales. La disponibilidad de servicios de idiomas se comunica a través del Plan de Acción Afirmativa del MDA, que está disponible en el sitio web del MDA.

Al comunicarse telefónicamente con el público en general, el MDA se asegurará de que la comunicación sea igualmente accesible y efectiva para las personas sordas, sordociegas, con dificultades auditivas o con impedimentos del habla proporcionando acceso de telecomunicaciones.

La siguiente declaración se incluirá en todos los materiales nuevos y existentes:

De conformidad con la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades, este material o publicación está disponible en otros formatos previa solicitud si llama al 651-201-6000. Los usuarios de TTY pueden llamar al Servicio de Retransmisión de Minnesota (MN Relay) al 711. El MDA es un proveedor y empleador que ofrece igualdad de oportunidades.

Antes de celebrar una reunión, el MDA preguntará si algún participante necesita alguna adaptación razonable, elementos auxiliares o materiales en formatos alternativos.

Las reuniones o eventos públicos organizados por el MDA se llevarán a cabo en un lugar que cumpla con los requisitos del Código de Construcción del Estado con respecto a la facilidad de acceso para personas con discapacidades.

El MDA no cobrará a una persona ni a grupos de personas con discapacidades por el costo de proveer una modificación razonable.

El MDA no permitirá intimidaciones ni represalias contra una persona o grupos de personas con discapacidades por solicitar adaptaciones, modificaciones, elementos o servicios auxiliares en nombre de sí mismos o de terceros, ni contra quienes denuncian una infracción de esta política, quienes presentan una acusación o queja en relación con esta política o el Título II de la ley ADA (Ley sobre los Estadounidenses con Discapacidades), ni quienes participan en una investigación o procedimiento relacionados.